«Los títeres de la cachiporra». El Lorca tragicómico en estado puro. Descarga.

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Portada de 1922.

Un comentario sobre “«Los títeres de la cachiporra». El Lorca tragicómico en estado puro. Descarga.

  1. RED Contestar

    LA AUDIENCIA NACIONAL PROCESÓ A UN GRUPO DE TEATRO, POR ESCENIFICAR ESTA OBRA DE TEATRO.
    https://www.amnesty.org/es/wp-content/uploads/sites/4/2021/05/EUR4134282016SPANISH.pdf
    TITIRITEROS ACUSADOS DE ENALTECIMIENTO DEL TERRORISMO
    Alfonso Lázaro de la Fuente y Raúl García Pérez fueron detenidos por la policía el 5 de febrero
    tras representar un espectáculo de marionetas durante unos actos festivos públicos en Madrid.
    Ambos fueron puestos en libertad el 10 de febrero, pero se enfrentan a cargos entre los que se
    incluye el de “enaltecimiento del terrorismo”. Si son declarados culpables, podrían pasar hasta
    cuatro años en prisión.
    Alfonso Lázaro de la Fuente y Raúl García Pérez, titiriteros de la compañía Títeres Desde Abajo, fueron detenidos por
    la policía española el 5 de febrero a las cinco de la tarde, tras representar un espectáculo como parte de un acto festivo
    público organizado por el Ayuntamiento de Madrid para las celebraciones del carnaval. Al espectáculo de marionetas,
    titulado «La Bruja y Don Cristóbal», asistió un numeroso público, entre el que había menores, y, según la información
    facilitada, incluía escenas en las que se apuñalaba a una monja, se ahorcaba a un juez y se golpea a un policía y a una
    mujer embarazada. Durante el espectáculo, una de las marionetas exhibió una pancarta en la que se leía “Gora Alka-
    ETA”. El texto de la pancarta era un juego de palabras basado en un lema utilizado por el grupo armado ETA (Euskadi
    Ta Askatasuna) –“Larga vida a ETA” (Gora ETA)–, con una referencia añadida a “Alka” (interpretada como una
    referencia a Al Qaeda). Algunos de los asistentes se sintieron ofendidos, se quejaron, pidieron que se interrumpiera la
    representación y llamaron a la policía.
    Alfonso Lázaro de la Fuente y Raúl García Pérez comparecieron el 6 de febrero ante el Juzgado Central de Instrucción
    núm. 2 de la Audiencia Nacional. Fueron acusados de enaltecimiento del terrorismo (artículo 578 del Código Penal) y de
    incitación al odio o la violencia (artículo 510 del Código Penal), y el juez admitió la petición de la fiscalía de que se
    ordenara el ingreso en prisión de ambos en espera de juicio. El 10 de febrero, la fiscalía de la Audiencia Nacional pidió
    su liberación. Pese a que ese mismo día los dos fueron puestos en libertad, se mantienen contra ellos los cargos
    penales, y ambos deben cumplir una serie de medidas cautelares, entre ellas la prohibición de abandonar el país, la
    comparecencia diaria en un juzgado o una comisaría de policía, y la confiscación del material ofensivo.
    Los cargos formulados contra Alfonso Lázaro de la Fuente y Raúl García Pérez se derivan del ejercicio pacífico de su
    derecho a la libertad de expresión en el contexto de una representación artística. A consecuencia, entre otras cosas, de
    las reformas introducidas en 2015, el Código Penal español contiene unas definiciones vagas y excesivamente amplias
    de los delitos relativos al “terrorismo”, que pueden dar lugar a restricciones desproporcionadas de una serie de derechos
    humanos, incluido el derecho a la libertad de expresión.
    Escriban inmediatamente en español, en inglés o en su propio idioma:
    – instando a las autoridades españolas a retirar los cargos contra Alfonso Lázaro de la Fuente y Raúl García
    Pérez, ya que se derivan exclusivamente de su ejercicio pacífico del derecho a la libertad de expresión;
    – instándolas a, mientras tanto, retirar o reducir considerablemente las medidas cautelares impuestas en relación
    con estos cargos, y a garantizar que esas medidas son estrictamente necesarias y proporcionales, tal como
    dispone el derecho internacional;
    – pidiéndoles que deroguen o modifiquen los artículos del Código Penal que imponen restricciones desmesuradas
    a los derechos humanos, incluido el derecho a la libertad de expresión, de acuerdo con el derecho y las normas
    internacionales de derechos humanos.

    Resolución: En junio de 2016, el juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno finalmente archivó la causa contra los titiriteros al no encontrar indicios de delito de terrorismo, concluyendo que los hechos no eran constitutivos de enaltecimiento. Posteriormente, la Audiencia Provincial de Madrid confirmó el sobreseimiento del caso en 2017.

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