
Muro de solidaridad y denuncias:
Presos y presas políticas enfermas:
-Noticias de María José Baños Andujar

En la carta que nos mandó Marcos, escrita el 16 de junio 2025, como recordaréis nos contaba: “También hemos echado instancia para que le adelanten la Junta de Tratamiento y así poder volver a solicitar el 3er grado por enfermedad, con carácter condicional. Si se niegan también cursaremos queja al JCVP.”
Pues bien, ya tienen respuesta del Sr. Director: “pasará por Junta de Tratamiento cuando le toque”… es decir, en octubre de 2025. Y mientras tanto, Mª José sigue perdiendo peso, sigue sin ser atendida y siguen sin velar porque a una presa enferma se le aplique sus propias normas, es decir que le apliquen el 3er grado con carácter de condicional por enfermedad grave e incurable.
No adelantándole la revisión de grado en la primera Junta de Tratamiento que tenga la cárcel programada, aunque a Mª José no le “toque”, lo que están es provocando que enferme más y no tienen en cuenta que octubre para su vida puede ser tarde…
Para mayor escarnio, el pasado 13 de marzo se dictó Auto por parte de la Audiencia Nacional que, si bien denegaba la libertad que la abogada de Mª José pidió, concluía lo siguiente:
«AUD.NACIONAL SALA PENAL SECCION 1 MADRID
AUTO: 00171/2025
En Madrid a 13 de marzo de 2025
…/… Con el recurso de apelación se ha aportado dictamen técnico facultativo, de fecha 18-11-2024, del equipo Multiprofesional del Instituto Murciano de Acción Social que reconoce a la Sra. Baños un grado de discapacidad del 69%.
…/… De todos estos elementos probatorios se concluye que la apelante, de 60 años de edad, padece un deterioro cognitivo leve, trastorno adaptativo mixto con ansiedad y depresión, enfermedad por VIH resultante en enfermedades infecciosas y parasitarias, hepatitis C crónica y enfermedad vascular periférica no especificada. Tiene dificultades de movilidad para utilizar transportes colectivos de un 26%.
…/… Podemos concluir que la interna padece una enfermedad grave e incurable y que la estancia en el centro penitenciario no contribuye precisamente a su mejoría. Pero este hecho no justifica la concesión de la libertad condicional, porque la interna no está clasificada en segundo grado.
…/… Dicho todo lo anterior y a la vista de todas las circunstancias que concurren en la interna, de acuerdo con lo dispuesto en el art.91.1 y 2 CP, así como en el art.104.4 RP: Los penados enfermos muy graves con padecimientos incurables, según informe médico, con independencia de las variables intervinientes en el proceso de clasificación, podrán ser clasificados en tercer grado por razones humanitarias y de dignidad personal, atendiendo a la dificultad para delinquir y a su escasa peligrosidad. Teniendo igualmente en cuenta que el estado de salud de la interna, puesto de manifiesto en los anteriores informes, parece indicar que su peligrosidad es ya de muy baja intensidad; la Junta de Tratamiento haciendo aplicación de los preceptos citados, podría clasificar a la interna en tercer grado y ello permitiría el acceso a la libertad condicional.»
Pues bien, no entendemos qué pretende la Dirección de la prisión de Murcia, no adelantando la revisión de grado a Mª José en la primera Junta de Tratamiento que desde marzo se hubiera celebrado.
Seguiremos informando…

RESISTE QUERIDA CAMARADA RESISTE. EL 10 DE AGOSTO LE MANDARÉ UNA CARTA SOLIDARIA Y DE APOYO. LOS PRESOS POLÍTICOS ANTIFASCISTAS SON NUESTROS HERMANOS Y HERMANAS. LUCHEMOS POR LA AMNISTA TOTAL, SON PARTE DE LA SOLUCIÓN COMO DIRIA NUESTRO QUERIDO CAMARADA CLASICO VLADIMIR LENIN. TODA VIOLENCIA Y TODA AUTODEFENSA SON TOTALMENTE LEGÍTIMAS PARA QUÉ LA CLASE OBRERA SE DEFIENDA DE SUS OPRESORES.!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!