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-¿Seguridad o estado policial?
El paquete de medidas de seguridad que el Gobierno ha aprobado en el Consejo de Ministros no es simplemente un conjunto de normas técnicas. Es un mensaje político compacto, y en parte brutal, que transmite una idea precisa de la sociedad: una sociedad en la que el orden público se convierte en la lente principal a través de la cual se interpretan los conflictos, los barrios periféricos, las migraciones e incluso la adolescencia. Un paquete dividido en dos actos, un decreto ley de aplicación inmediata y un proyecto de ley que seguirá el proceso parlamentario, pero con un objetivo común: avanzar aún más en el umbral del control y normalizar lo que hasta ayer se consideraba excepcional.
La decisión de utilizar tanto un decreto como un proyecto de ley no es neutra. El decreto sirve para poner en marcha de inmediato las medidas más delicadas y simbólicas, las que afectan directamente a la libertad de manifestación, a la gestión del orden público y a la construcción del «enemigo interno». El proyecto de ley, por su parte, recoge las normas que requieren un trabajo de ajuste político y mediático, las más ideológicas o las más expuestas al riesgo de objeciones institucionales. Se trata de una estrategia ya reconocible: primero se cambia el clima y luego se consolidan los cimientos.
Uno de los puntos centrales es el escudo penal, definido de forma técnicamente más prudente que en las anticipaciones iniciales, pero, precisamente por ello, potencialmente más penetrante. No solo afecta a las fuerzas del orden, como cabría esperar en un sistema clásico de protección de los agentes, sino que se extiende a todos los ciudadanos. El principio es que quien cometa un delito en presencia de una «causa evidente de justificación» no sea inscrito automáticamente en el registro de investigados ordinario, sino en un registro separado, con garantías formalmente análogas, pero con una vía preferente que debería conducir a un rápido archivo, en un plazo de treinta días, salvo valoración diferente del fiscal. La decisión final sobre la justificación sigue recayendo en un magistrado, y esta es la cláusula que se utiliza para tranquilizar. Pero la cuestión política es otra: se construye una idea de legitimidad preventiva del uso de la fuerza, una anticipación de confianza hacia quienes reaccionan, hacia quienes «se defienden», hacia quienes afirman haber actuado en un contexto percibido como amenazante. En un país ya atravesado por una retórica del miedo y por un racismo social que a menudo decide quién es creíble y quién no, un escudo penal ampliado corre el riesgo de producir un efecto selectivo. No protege genéricamente a «los ciudadanos»: protege sobre todo a quienes ya son reconocidos como ciudadanos de pleno derecho y tiende a hacer aún más vulnerables a quienes son percibidos como extranjeros, jóvenes, marginales, migrantes.
El otro pilar es la detención preventiva, que se incluye en el decreto en la versión revisada tras las observaciones del presidente de la República. Y es importante señalar este paso, porque refleja la dinámica con la que el umbral de lo posible se empuja siempre un poco más allá. El borrador original era más agresivo, más abiertamente orientado a la sospecha. La nueva redacción introduce límites: la detención, con motivo de manifestaciones públicas, podrá durar un máximo de doce horas y solo podrá afectar a personas con antecedentes específicos y/o que se encuentren en posesión de armas u objetos aptos para causar daño. Ya no bastará, al menos formalmente, con la vaga idea de que alguien «puede» ser peligroso, ni con la vestimenta considerada adecuada para el disfraz. La detención deberá comunicarse sin demora al magistrado de guardia, que podrá verificar si se dan las condiciones legales y, en caso contrario, ordenar la liberación inmediata. Esta es la versión que intenta respetar el artículo 13 de la Constitución. Pero sigue siendo un hecho enorme: se introduce un mecanismo que convierte la plaza en un lugar donde la libertad personal puede ser restringida de forma preventiva. La protesta, en lugar de ser protegida como un derecho, se trata como un contexto excepcional, un territorio en el que la lógica ya no es «castigar a quien comete un delito», sino «retener a quien podría cometerlo». Es precisamente aquí donde la criminalización de la disidencia se hace realidad: no porque se prohíba formalmente manifestarse, sino porque se crea un régimen en el que participar en una manifestación significa aceptar un riesgo adicional, la posibilidad de ser detenido y retenido, sobre todo si se pertenece a categorías ya marcadas como sospechosas.
El decreto también interviene en el tema de los controles policiales con la introducción de un delito específico para quienes no se detienen ante la orden de las fuerzas del orden y huyen poniendo en peligro la seguridad pública. También en este caso, la medida puede parecer, a primera vista, razonable: nadie quiere persecuciones peligrosas o fugas que pongan en riesgo vidas humanas. Pero dentro de la arquitectura general, esta norma asume otra función: aumenta el ámbito de la punibilidad vinculada no tanto a un daño efectivo como al comportamiento, a la dinámica de la interacción con la policía. Y cuando se multiplican las ocasiones de control, como ocurre con las zonas rojas y con la gestión securitaria del espacio urbano, también se multiplican las situaciones en las que un gesto, una reacción, un miedo pueden convertirse en un delito.
Las zonas rojas, de hecho, vuelven a ser un instrumento central. Se prevé su creación en las zonas consideradas de mayor riesgo, como las estaciones, con el objetivo declarado de prevenir la degradación y la delincuencia. Pero la lógica real es la de la selección: establecer que hay lugares de la ciudad donde la mera presencia se convierte en un problema, donde algunas personas son toleradas y otras no. Las zonas rojas no resuelven el malestar, no curan las causas de la marginación, no reducen la violencia social. La desplazan, la ocultan, la reprimen. Y, sobre todo, producen un efecto cultural: normalizan la idea de que la ciudad se puede recorrer de forma diferente según quién seas, cómo te vistas, cuántos años tengas, qué cara tengas, qué acento tengas.
Dentro de este sistema también encuentra cabida la obsesión contemporánea por la «emergencia menores», que el Gobierno utiliza como narrativa clave para legitimar una política punitiva. La norma introduce una prohibición más clara de la venta a menores de dieciocho años de cuchillos y objetos aptos para causar daño, y prevé sanciones administrativas de hasta doce mil euros para los vendedores, incluidos los online, con la posibilidad de suspensión o revocación de la licencia. Pero no se detiene ahí. Se introduce la posibilidad de detención en flagrante y de adopción de medidas cautelares también para los menores encontrados en posesión de cuchillos. Y, sobre todo, se prevén sanciones administrativas «colaterales» muy severas: a un menor sorprendido con una navaja en el bolsillo se le podrá suspender el carné de conducir o el pasaporte y, en el caso de los extranjeros, incluso el permiso de residencia. Se trata de un paso muy grave, porque crea un derecho diferencial: el mismo comportamiento produce consecuencias diferentes en función de la situación jurídica. Y cuando el permiso de residencia se convierte en un arma sancionadora, la seguridad ya no es una cuestión penal: se convierte en un mecanismo de disciplina social y de exclusión.
Es en este punto donde la etiqueta «maranza» (1), evocada como si fuera un fenómeno natural, revela su función política. No describe: designa. No analiza: marca. Y marcar significa producir una clase peligrosa. El joven, sobre todo si es periférico y a menudo si es migrante o hijo de migrantes, es tratado como un sujeto a neutralizar antes que a comprender. La política, en lugar de abordar la crisis educativa, la pobreza, el abandono escolar, la segregación urbana, elige el atajo del código penal. Es más sencillo, más comunicable, más vendible en televisión. Y también es más devastador.
En el proyecto de ley también se mantienen medidas pensadas para la llamada «responsabilización de los padres» de los menores involucrados en actos delictivos. La fórmula parece razonable, casi moral. En realidad, es una construcción clasista y punitiva: significa transferir la culpa, convertir la desviación en un hecho familiar, castigar económicamente a quienes a menudo ya son frágiles. Es la misma lógica que atraviesa todo el paquete: no tratar las causas, sino castigar los síntomas, y hacerlo de la manera más visible posible.
Paralelamente, el paquete interviene en la inmigración con una doble estrategia. El decreto incluye normas para agilizar y hacer más ejecutables las expulsiones de inmigrantes irregulares, en particular de aquellos que no respetan la orden de abandonar el país en un plazo de siete días contenida en la hoja de expulsión. A la segunda infracción, los jefes de policía podrán proceder directamente a la repatriación. El tema se presenta como una medida de eficiencia administrativa, pero en realidad aumenta el poder discrecional y reduce el ámbito de las garantías. Cuando la repatriación se convierte en un automatismo acelerado, se corre el riesgo de que la persona desaparezca del ámbito de los derechos y sea tratada como un objeto logístico.
En cambio, en el proyecto de ley se mantienen las normas que restringen la reunificación familiar y las que retoman, con una forma jurídica más elaborada, la obsesión por el bloqueo naval. De hecho, se prevé la posibilidad de prohibir el cruce de las aguas territoriales durante períodos de entre treinta días y seis meses en caso de amenazas al orden público o a la seguridad nacional. Se trata de una norma deliberadamente elástica, basada en conceptos vagos como «amenaza» y «orden público», que pueden ampliarse en función del clima político y mediático del momento. Y es precisamente esta vaguedad lo que hace que la medida sea peligrosa: no porque se vaya a utilizar a diario, sino porque se puede utilizar cuando convenga y porque, mientras tanto, cambia el horizonte. La migración se trata definitivamente como una cuestión de defensa, no de derechos, y el mar como una frontera militar, no como un espacio de rescate.
También deberían incluirse medidas sobre los flujos migratorios con devoluciones forzosas, medida sobre la que el Quirinal habría expresado sus reservas. Y este detalle, aparentemente técnico, es políticamente revelador. El Quirinal rara vez interviene de forma explícita, y cuando lo hace significa que el umbral de compatibilidad constitucional se ha traspasado demasiado. Pero la dinámica ya está probada: se propone una versión extrema, se reciben críticas, se corrige lo necesario para que se apruebe y, al final, queda un sistema más duro que el anterior. Es la política como avance gradual de la excepción.
Entre todas estas medidas, también se encuentra el endurecimiento de las penas para algunos delitos contra el patrimonio, como los robos en viviendas, con el aumento de las penas mínimas y máximas. También en este caso, el mensaje es sencillo: más cárcel, más severidad. Pero el efecto real es discutible, porque la historia de la justicia penal enseña que el endurecimiento de las penas no reduce automáticamente los delitos. Más bien sirve para reforzar la imagen de un gobierno «duro», para producir una sensación de control. Y mientras tanto, se sigue sobrecargando un sistema penitenciario ya en crisis, mientras que la verdadera delincuencia, la económica, la organizada, la que devora los recursos públicos y los derechos, suele quedar al margen del discurso securitario.
Al final, lo que surge es un diseño coherente. La disidencia se trata como un problema de orden público, la marginalidad como un riesgo, la juventud como una alarma, la migración como una amenaza. Y sobre esta base se construye un sistema en el que la policía tiene más herramientas, más margen de discrecionalidad, más posibilidades de intervención preventiva, mientras que el ciudadano —especialmente el que no encaja en los cánones del ciudadano «correcto»— tiene menos espacios, menos protecciones, menos presunción de inocencia social.
Sin embargo, lo más inquietante no es la norma en sí misma, sino el clima que estas normas producen y consolidan. Porque un país no se vuelve autoritario solo cuando prohíbe formalmente la protesta o cuando suspende abiertamente la Constitución. Se vuelve autoritario cuando se acostumbra a la idea de que la libertad está condicionada, que la excepción es normal, que algunas personas son sospechosas por naturaleza, que la fuerza es más creíble que el derecho. Y cuando uno se acostumbra, el siguiente paso ya no causa escándalo.
Este paquete de medidas de seguridad no promete realmente más seguridad. Promete algo más preciso y más inquietante: el cierre progresivo de los espacios de libertad política y social. No se trata de una simple ampliación de los poderes de control, sino de un intento de rediseñar el perímetro de lo que es legítimo hacer, decir, atravesar, contestar. Es la transformación de la plaza, la calle, la periferia e incluso la adolescencia en territorios sospechosos, donde la libertad ya no es un derecho pleno, sino una concesión revocable.
Y, sobre todo, este sistema construye y consolida nuevas «clases peligrosas», como se hacía en los peores momentos de la historia europea: jóvenes, pobres, migrantes, hijos de los suburbios, figuras sociales tratadas no como ciudadanos, sino como presencias que hay que disciplinar. La disidencia se reescribe como perturbación, la marginalidad como amenaza, la diferencia como riesgo. Es un retorno a la lógica del Antiguo Régimen, donde el orden no coincide con la justicia sino con la jerarquía, y donde el Estado no garantiza derechos: selecciona cuerpos, controla territorios, castiga identidades.
La cuestión, entonces, no es solo que «el control rara vez da marcha atrás». La cuestión es que, una vez normalizada esta cultura política, lo que no da marcha atrás es el umbral mismo de la democracia. Porque cuando el Estado se acostumbra a gobernar mediante el miedo y la represión preventiva, no está protegiendo a la sociedad: le está enseñando a respirar en menos espacio.
(1) Maranza es un término utilizado habitualmente y de forma genérica para referirse a un joven de segunda generación, casi siempre varón, en muchos casos nacido en Italia y con orígenes norteafricanos o norteafricano emigrado a Italia, ruidoso y que suele expresarse con jerga vulgar y actitudes callejeras, identificable también por su vestimenta. Esta definición ha coincidido con la difusión y circulación del término también en los medios de comunicación, con una acepción negativa, intolerante y prejuiciosa.
NO OLVIDEMOS QUE LOS ESTADOS ACTUALES EN ALEMANIA E ITALIA SON LOS MISMOS QUÉ EN LA SEGUNDA GUERRA MUNDIAL. SI QUE ES VERDAD QUE HUBO UN PROCESO DE LIMPIEZA ANTIFASCISTA, PERO NO SE LLEVO HASTA EL FINAL, POR LO TANTO VOLVIERON AL ESTADO FASCISTA ALEMAN Y EL ESTADO FASCISTA ITALIANO.