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Suicidio de dos encausados por protestas pro Palestina: Cuando la justicia excluye y mata
Cuando la justicia excluye y mata
A veces, episodios aparentemente marginales o circunscritos ponen de manifiesto dinámicas sociales arraigadas y permiten apreciar cómo las rigideces culturales se arraigan no solo en las grandes cuestiones, sino también en las pequeñas prácticas cotidianas. En algunos sectores de la magistratura parece existir, y no desde hace poco, una escasa conciencia de ese «poder terrible» del que es titular, un poder cuyo ejercicio discrecional incide profundamente en los derechos fundamentales, en la libertad y en las condiciones personales de quienes lo sufren. La capacidad de sopesar cuidadosamente las consecuencias de las propias acciones, eje de esa ética de la responsabilidad sobre la que se reflexiona desde hace al menos un par de siglos, requiere, para evitar tomar decisiones incongruentes, también un mínimo de empatía con la vida real de las personas, con sus relaciones y, también, con sus fragilidades.
Empecemos por el principio. Conocí a F. hace unos meses, porque era uno de los jóvenes denunciados por la policía por las manifestaciones a favor de Palestina del otoño pasado. Con sorprendente rapidez, en febrero de este año se aplicaron a F. y a varios de sus compañeros y compañeras una serie de medidas cautelares. A F., originario de la provincia de Savona, a diferencia de todos los demás, se le aplicó la medida de prohibición de residencia en Turín, ciudad en la que vivía desde hacía varios años, donde había estudiado y donde tenía sus relaciones de amistad y afectivas más importantes. Esta decisión, confirmada por el Tribunal de Revisión, lo había sumido en la desolación. En la última conversación telefónica que mantuvo con mi despacho, se le explicó que se trataba de una medida temporal, destinada a ser modificada o revocada en el plazo de unos meses. Un par de días después, F. decidió quitarse la vida. No sabría decir qué peso pudieron haber tenido en su decisión tan definitiva y radical los horrores del mundo, de este mundo cada vez más moldeado por el lenguaje y la gramática de la guerra, marcado por las desigualdades y los abusos. Lo cierto es que, por la nota que dejó en el coche, antes de tirarse por un precipicio, parece desprenderse que la medida judicial, que él consideraba profundamente injusta, tuvo un peso nada desdeñable.
En cambio, no conocí directamente a C. Él también había sido denunciado recientemente en Turín por las manifestaciones y marchas a favor de Palestina y, por desgracia, él también, a su vez, decidió hace unos días poner fin a su vida. Sus compañeras y compañeros le dedicaron la semana pasada un emotivo homenaje colectivo (https://infoaut.org/bisogni/ciao-chimi-chi-lotta-non-e-mai-solo-chi-sogna-non-muore-mai). Algunos de ellos, afectados a su vez por la medida de residencia obligatoria en Turín (precisamente en el mismo proceso en el que también estaba implicado F.), solicitaron urgentemente a la jueza poder asistir el sábado 6 de junio a su funeral. El funeral se celebraría en Settimo Torinese, un municipio limítrofe con Turín, pero al que, dadas las medidas cautelares vigentes, sólo podrían acceder previa autorización de la jueza encargada del expediente. Esta, contactada previamente en la mañana del viernes, se había mostrado dispuesta a conceder dicha autorización, pero luego se ausentó de la oficina por la tarde, sin dar indicación alguna. La solicitud fue así asignada al magistrado de guardia, quien decidió denegarla con una motivación lacónica, basada en «la ausencia de vínculo parental, así como la inexistencia de razones probadas, como por ejemplo las de salud, relevantes desde el punto de vista constitucional», una motivación que, evidentemente, pasa por alto esa dimensión profunda y ética de las relaciones afectivas que escapa a la rigidez de las normas. Ni siquiera la entrevista explicativa que quien escribe mantuvo el sábado por la mañana con el mismo juez, una vez tomada la decisión, influyó en lo más mínimo en sus convicciones.
Vale la pena, pues, formular algunas breves consideraciones.
La primera se refiere a la propia medida aplicada: una obligación de residencia, acompañada de la obligación de regresar a casa por la tarde y por la noche. Lo mínimo que se puede decir es que resulta altamente ilógica la decisión de aplicar una medida cautelar de este tipo ante delitos que, según la acusación, habrían sido cometidos fuera del horario vespertino y en la misma ciudad donde se impone la obligación. Nos encontramos ante, como parece obvio, una medida meramente punitiva, poco adecuada respecto a las necesidades cautelares que pretende neutralizar. Por otra parte, en lo que respecta a la respuesta judicial a los delitos de calle, Turín lleva tiempo desempeñando un papel de vanguardia a nivel nacional.
De una recopilación de datos, aún parcial, sobre los procesos en curso contra los manifestantes pro Palestina, realizada por abogados y abogadas de la Red de Resistencia Legal, se desprende que, a diferencia de muchos otros distritos, donde por lo general se procede con los acusados en libertad, en Turín los procedimientos iniciados no solo son decididamente más numerosos, sino que también se caracterizan por una plétora de medidas cautelares. En varios casos, 27 en total, la Fiscalía ha solicitado la aplicación de medidas especialmente gravosas, desde el arresto domiciliario hasta la prisión preventiva, en contravención del principio del mínimo sacrificio necesario, reiterado en múltiples ocasiones por el Tribunal de Casación y el Tribunal Constitucional. Afortunadamente, estas solicitudes han sido rechazadas en la casi totalidad de los casos por los jueces, quienes, sin embargo, han aplicado numerosas medidas no privativas de libertad, modulándolas de forma diferente en función de los delitos imputados.
La segunda observación, en cambio, se refiere a la decisión del juez de rechazar la solicitud de asistencia al funeral. Una justicia que expurga de sí misma todo sentimiento de compasión y sensibilidad humanas acaba asumiendo los rasgos morales de la injusticia. En abstracto, la función de las normas (por paradójico que pueda parecer, incluso las de carácter meramente cautelar) y de su aplicación judicial debe estar orientada a la construcción de mejores relaciones sociales. El caso que nos ocupa parece paradigmático de una concepción del derecho penal regida por una visión punitiva, una visión, como se ha dicho, vertical y autoritaria, que privilegia la aplicación rígidamente formal de la ley, indiferente a cualquier comprensión del contexto humano, de las dinámicas y de las interacciones que lo sustentan. «La inteligencia de las emociones» aplicada a las decisiones judiciales y administrativas significa también esto: saber reconocer el dolor y la vulnerabilidad ajenos, ser capaz de tener en cuenta la historia concreta de las personas, respetar su dignidad y sus necesidades emocionales y existenciales. Queda un largo camino por recorrer si solo se tiene en cuenta el hecho de que, hace apenas unas semanas, mediante el uso de esa vergonzosa norma sobre la detención preventiva introducida con el último decreto de seguridad, 91 miembros de los movimientos anarquistas fueron detenidos, trasladados y retenidos en la comisaría durante varias horas, porque querían participar en una concentración en memoria de dos de sus compañeros fallecidos.
Por último, me parece que todo el episodio plantea, al margen del caso concreto, una serie de interrogantes nada desdeñables. Sin recurrir a comparaciones inapropiadas con acontecimientos de la Antigüedad, en los que también se enfrentaban las razones del Estado y la piedad hacia los difuntos, la cuestión es la de si se debe o no respetar decisiones (o leyes) injustas o que se consideran contrarias a la propia conciencia. La cuestión tiene resonancias antiguas y remite al conflicto entre derecho y moral, entre la observancia del mandato jurídico y la autodeterminación de las personas. Al menos desde la posguerra del siglo pasado, el tema de la desobediencia ha entrado en el léxico de la política y es practicado constantemente por los más variados movimientos, ambientalistas y ecologistas, pero también antagonistas y/o territoriales. Desde hace tiempo, por ejemplo, los activistas del Movimiento No Tav, ante las decenas de órdenes prefecturales —que de excepcionales se han convertido ya en la normalidad de la militarización del territorio de Valsusa y que delimitan en torno a la obra una zona roja inaccesible a los ciudadanos—, han decidido conscientemente infringirlas. Del mismo modo, ante la emisión de órdenes de expulsión obligatorias del valle para las personas no residentes, en un intento evidente de alejarlas y neutralizar su participación política, han decidido infringirlas, reivindicando públicamente dichas infracciones.
No es casualidad que en 2023 este Gobierno, tan atento a la represión de todo lo relacionado con la protesta social, haya endurecido, con el enésimo decreto-ley posteriormente convertido en ley, las sanciones por la violación de la orden de expulsión, elevándolas de seis a dieciocho meses de reclusión y previendo una multa de hasta 10 000 euros, transformando además el delito de una infracción leve a un delito grave, para evitar posibles prescripciones futuras. Con otro decreto-ley de hace unos años, promulgado por un Gobierno de otro color político, se incluyeron, entre los parámetros para determinar la peligrosidad social de los sujetos a medidas de prevención como la vigilancia especial, «las reiteradas violaciones de la orden de expulsión». Así, la violación de un mero precepto —lo que en doctrina se define como un delito de mera desobediencia, precisamente, en el que la conducta incriminada consiste en el incumplimiento de una obligación o de una simple prohibición formal, en contraposición al principio fundamental de ofensividad— se convierte en la enésima pieza de esa progresiva deriva del sistema penal hacia las medidas de prevención, que garantizan, no por casualidad, una mayor rapidez en la toma de decisiones y una menor rigidez de los requisitos normativos.
Claudio Novaro

Gran Bretaña
La policía británica destruye los archivos sobre su infiltración en los movimientos políticos
Juan Manuel Olarieta
Durante décadas la policía británica antidisturbios espió a los manifestantes de manera encubierta. El caso se destapó cuando se reveló que también habían vigilado a la familia de Stephen Lawrence, un joven negro de 18 años apuñalado en Londres en 1993 por una banda de racistas cuando esperaba en una parada de autobús.
Es un caso sintomático del funcionamiento de la policía y, muy especialmente, del Escuadrón Especial de Manifestaciones de la Policía Metropolitana (SDS). Se trata de vigilar a las víctimas y no a los asesinos.
El caso fue muy sonado y obligó a iniciar una investigación pública, donde se descubrió una trama organizada por la cúpula policial para vigilar a los que se movilizan, protestan y luchan. Los llaman “spycops” que significa algo así como los “maderos infiltrados”.
La trama se creó en los años setenta y lo que ahora se ha descubierto es algo nuevo: la policía ha destruido los archivos relacionados con el espionaje y las infiltraciones de los maderos en los movimientos políticos y sociales para que no fueran destapadas por la investigación.
Lo mismo que en España, las primeras víctimas han sido las mujeres, con las que los infiltrados mantuvieron relaciones y engendraron hijos sin revelar su verdadera identidad.
Los maderos se infiltraron en la Coalición Stop the War, en la Campaña por el Desarme Nuclear, el Sindicato de Bomberos, el de Trabajadores Mineros, el de la construcción (Ucatt), en la campaña Jean Charles de Menezes, el diputado Dave Nellist y el abogado Mike Mansfield, abogado de la familia de Stephen Lawrence.
Es un caso evidente de policías delincuentes, donde las pruebas del delito se destruyen sin avisar siquiera a los investigadores de que están haciendo desaparecer el rastro de una actividad ilegal que se ha prolongado durante 50 años.
No es un caso anecdótico: hasta ahora la policía ha exhibido 743.000 archivos, pero no se sabe cuántos ha destruido. Para denunciar los chanchullos policiales, se ha abierto una web que recopila las investigaciones sobre los maderos infiltrados:
-www.spycops.co.uk.
Por cierto, los racistas que asesinaron a Stephen Lawrence salieron absueltos de su juicio, por lo que se inició una investigación posterior en la que empezaron a saltar las infiltraciones policiales.
Ocho años después del asesinato, dos de los acusados fueron encarcelados durante 18 meses por otro atentado racista contra un policía fuera de servicio.
En 2012, después de un juicio de revisión, dos de los acusados fueron condenados a cadena perpetua por el asesinato de Stephen Lawrence.