ANTE
Coordinadora para
La Coordinadora para
la Prevención de la Tortura quiere denunciar la actitud del colectivo de
Médicos Forenses de la Audiencia Nacional que han optado por rechazar medidas
que, caso de aplicarse correctamente, podrían ayudar a la prevención de la
tortura en el Estado español.
Uno de los grandes
obstáculos a los que nos enfrentamos en la lucha por la prevención de la
tortura es el mal entendido corporativismo de algunos sectores profesionales.
Los ejemplos son abundantes: los policías o sindicatos policiales cierran filas
en torno a compañeros acusados de tortura y/o malos tratos; rechazan la
instalación de cámaras alegando el derecho de intimidad del policía actuante.
Los jueces descalifican, como ataques a su independencia, las críticas por no
investigar apropiadamente casos de tortura … El último episodio conocido por la
Coordinadora para la Prevención de la Tortura ha sido la presentación de una
queja, ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Decanato de la
Audiencia Nacional, por los médicos forenses que trabajan en ese Tribunal
especial en protesta por la autorización concedida para que algunos médicos de
confianza de los «detenidos por terrorismo» les acompañen en los exámenes
médicos que han de efectuar a estas personas.
El colectivo de Médicos Forenses de la A.N. expresan
que esta autorización «supone poner en cuestión» el trabajo que llevan a cabo
para «avalar el buen estado de salud de los detenidos tras su estancia en
dependencias policiales». Precisamente, tal vez su trabajo debería consistir
“no en avalar el buen estado de salud de los detenidos”, sino en acreditar el
estado de salud de los detenidos, sea este bueno o malo; y, en el caso de que
este sea “malo”, describirlo (lesiones que presenta, enfermedades que padece…)
e indicar las causas y origen del mismo; labor que, según reiterados informes
de organismos de DD.HH. internacionales, no hacen.
El papel del médico forense
de la Audiencia Nacional ha sido fuertemente contestado por organismos como el
CPT -Comité para la Prevención de la Tortura del Consejo de Europa- o el IRCT
-Centro Internacional de Rehabilitación Contra la Tortura de Copenhague. El
primero de estos organismos indicó en su visita de 1998 que se debían “adoptar
medidas específicas para registrar los resultados de sus exámenes médicos”. En
su informe de 2001 denunciaban que estas mejoras no se habían incorporado y que
los forenses designados por al Audiencia Nacional “ni tan siquiera estaban
usando los formularios reglados al efecto”. La IRCT valoraba la calidad de los
informes forenses constatando que “la mayoría de los documentos han aparecido
con significantes faltas de información en lo que respecta a la descripción de
maltratos y a la descripción de los exámenes clínicos”. Por lo tanto, la capacidad
de estos funcionarios para cumplir su cometido de salvaguarda y prevención
queda claramente en entredicho.
En este sentido, hay que
recordar que, durante el juicio celebrado en la A.N.,
en 1995, contra los independentistas catalanes detenidos durante los Juegos
Olímpicos de Barcelona, una de las médico forenses de dicho Tribunal, que
examinó a los detenidos durante su detención incomunicada, se vio obligada a
confesar que los reconocimientos que efectuó y en los que basó sus informes
fueron del todo insuficientes. Y Excusó su comportamiento en la carencia de
medios adecuados, afirmando, según se puede comprobar en el acta del juicio
mencionado, que sólo disponía de una luz y una mesa. Sin embargo, esta carencia
de medios no consta en los informes forenses redactados, que, de esta forma,
sirvieron, tiempo después, para justificar el archivo de las denuncias por
tortura presentadas por los detenidos. Años después el Estado español fue
condenado por el Tribunal de Estrasburgo, por vulneración de la Convención
contra la Tortura durante la operación policial antes apuntada y en la que
participaron a nivel profesional al menos dos médicos forenses de la Audiencia
Nacional. No es extraño, pues, que el papel de los profesionales de la medicina
forense adscritos a la Audiencia Nacional esté desde hace tiempo desacreditada
en muchas instancias estatales, nacionales e internacionales.
Por todo ello, desde la
Coordinadora para la Prevención de la Tortura, una vez más, exigimos la puesta
en práctica de las recomendaciones internacionales para prevenir la tortura en
el Estado español (que incluye el derecho de todos los detenidos a ser
examinados por un médico de su confianza mientras se encuentran privados de
libertad) y la implementación de los Mecanismos de Prevención de la Tortura
previstos en el Protocolo Facultativo a la Convención de las Naciones Unidas
contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
Pero, al mismo tiempo, hemos de recordar que la voluntad de erradicar este
fenómeno no está sólo en quien toma las decisiones políticas, sino, también, en
los profesionales más cercanos a su origen. A nuestro entender, los propios
forenses de la Audiencia Nacional tendrían que considerar positivo en términos
profesionales el hecho de que se les facilite ayuda por parte de médicos de
ajenos al sistema judicial y que sean de la con
> fianza de la persona detenida, puesto que, de esta forma, podrían realizar
con mayor eficacia su labor de médicos, por suponer aquella una segunda opinión
facultativa y por evitar posibles susceptibilidades y desconfianzas por parte
de la persona detenida, que ve en ellos a miembros del aparato del Estado que
les ha detenido. Al rechazar y denunciar esta ayuda, sólo se puede interpretar
que la función que interiorizan los médicos forenses es la de encubrir posibles
violaciones de los DDHH que puedan realizarse bajo su jurisdicción.